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MTPE planteará reducir tipos de contratos laborales a seis

POR TEMPORADA

Se eliminaría el contrato a tiempo determinado por lanzamiento de nuevas actividades, por la reconversión de una empresa por temas de urgencias por accidentes. Se modificaría el trabajo por temporada.

Pese a que declaraciones de la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez, daban a entender que el proyecto del nuevo Código de Trabajo solo recopilaría la normativa laboral en un solo texto, simplificando la aplicación de la norma, ello no sería así y el proyecto realmente plantearía importantes cambios a las relaciones entre empleador y trabajador.

Gestión tuvo acceso al anteproyecto del nuevo Código de Trabajo, el cual viene trabajando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MT­ PE) desde el año pasado. Uno de las más importan- teses la reducción de número de los supuestos de contratos de duración determinada, los cuales pasarían de ser nueve a solo seis. Además, se plantea que dos de los seis restantes se vuelvan de duración indeterminada.

CAMBIOS

Hoy en día, la legislación permite a un empleador contratar personal de manera temporal por inicio o lanzamiento de una nueva actividad, por necesidades del mercado y por reconversión empresarial.

 Así mismo, existen los contratos de naturaleza accidental, sea ocasional, de suplencia o por e emergencia. Finalmente, existe n los contratos por obra o servido especifico, intermitentes y de temporada.

El proyecto del MTPE plantea eliminar los contratos temporales por inicio de una nueva actividad, por reconversión empresarial y el accidental por emergencia. Christa Caro, asociada del estudio Amprimo, indica que eliminar el contrato témpora 1 por lanzamiento de nueva actividad sería “nefasto».

“Estos contratos se dan cuando se inicia un nuevo negocio y no se sabe cómo los consumidores van a reaccionar. Hay un riesgo inicial de que no exista un retorno inmediato, por lo que se necesita contar con este tipo de contratos, los cuales son utilizados de manera limitada durante los primeros años de una empresa, mientras se realiza un análisis de la rentabilidad de la misma», indica.

POR TEMPORADA

se estipula que los contratos por temporada y los intermitentes sean de duración indeterminada y que, en lugar de despedir a un trabajador luego de terminada la temporada, se le envié en una suspensión perfecta de labores hasta la próxima temporada de trabajo.

En ese sentido, el trabajador nunca perderá su empleo, pero perderá el derecho a una remuneración hasta que se le necesite nuevamente.

Se eliminaría el contrato a tiempo determinado por lanzamiento de nuevas actividades, por la reconversión de una empresa por temas de urgencias por accidentes. Se modificaría el trabajo por temporada.

Pese a que declaraciones de la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez, daban a entender que el proyecto del nuevo Código de Trabajo solo recopilaría la normativa laboral en un solo texto, simplificando la aplicación de la norma, ello no sería así y el proyecto realmente plantearía importantes cambios a las relaciones entre empleador y trabajador.

Gestión tuvo acceso al anteproyecto del nuevo Código de Trabajo, el cual viene trabajando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MT­ PE) desde el año pasado. Uno de las más importan- teses la reducción de número de los supuestos de contratos de duración determinada, los cuales pasarían de ser nueve a solo seis. Además, se plantea que dos de los seis restantes se vuelvan de duración indeterminada.

CAMBIOS

Hoy en día, la legislación permite a un empleador contratar personal de manera temporal por inicio o lanzamiento de una nueva actividad, por necesidades del mercado y por reconversión empresarial.

 Así mismo, existen los contratos de naturaleza accidental, sea ocasional, de suplencia o por e emergencia. Finalmente, existe n los contratos por obra o servido especifico, intermitentes y de temporada.

El proyecto del MTPE plantea eliminar los contratos temporales por inicio de una nueva actividad, por reconversión empresarial y el accidental por emergencia. Christa Caro, asociada del estudio Amprimo, indica que eliminar el contrato témpora 1 por lanzamiento de nueva actividad sería “nefasto».

“Estos contratos se dan cuando se inicia un nuevo negocio y no se sabe cómo los consumidores van a reaccionar. Hay un riesgo inicial de que no exista un retorno inmediato, por lo que se necesita contar con este tipo de contratos, los cuales son utilizados de manera limitada durante los primeros años de una empresa, mientras se realiza un análisis de la rentabilidad de la misma», indica.

POR TEMPORADA

se estipula que los contratos por temporada y los intermitentes sean de duración indeterminada y que, en lugar de despedir a un trabajador luego de terminada la temporada, se le envié en una suspensión perfecta de labores hasta la próxima temporada de trabajo.

En ese sentido, el trabajador nunca perderá su empleo, pero perderá el derecho a una remuneración hasta que se le necesite nuevamente.

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