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Gobierno busca subir impuestos a personas con mayores ingresos

Pedido del Poder Ejecutivo para obtener facultades legislativas plantea crear un régimen simplificado del Impuesto a la Renta para mypes, que incluye eliminar el RER y el Mype Tributario.

El Poder Ejecutivo envió al Congreso de la República el pedido de delegación de facultades en tres temas generales; en materia tributaria, financiera y reactivación económica. Cada una tiene medidas específicas y con un mayor enfoque en los tributos del país.

“Nuestra prioridades (plantear) cómo cobramos las deudas de las grandes empresas y cómo hacemos una reforma tributaria que permita con justicia social y tributaria recuperar u obtener mayores ingresos para el Estado, a fin de dar un financiamiento sostenible a todos los temas de inclusión y protección social”, había dicho el ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke, horas antes de la presentación del documento.

El proyecto de ley, firmado por Pedro Castillo, solicita 120 días para legislar sobre todos los temas planteados.

Impuestos a personas

Una de las principales modificaciones en materia tributaria que se planea hacer desde el Gobierno es que se busca subir los impuestos a las personas con mayores ingresos.

Por un lado, se quiere incrementar las tasas del Impuesto a la Renta (IR) aplicable a las rentas netas del tramo superior de los trabajadores. Actualmente existe una deducción fija de 7 UIT y de 3 UIT adicionales para determinados gastos para todos los trabajadores sin excepción. Luego de ello se aplican tasas escalonadas de entre 8% y 30%.

“Resulta necesario modificar el aspecto cuantitativo en la determinación de las rentas de trabajo y de fuente extranjera percibidas por personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliados en el país, a fin de incrementar las tasas del Impuesto a la Renta aplicable a las rentas netas del tramo superior”, señala el documento.

Adicionalmente, se quiere reducir el límite de las 24 UIT de la deducción del 20% a las rentas de cuarta categoría, es decir, para quienes emiten recibos por honorarios, ya que según el Gobierno “solo afecta a las personas de mayores ingresos y es un límite significativamente alto”.

Alquileres y otros

Otra medida que quiere implementar el Gobierno es incrementar el IR de primera y segunda categoría. Actualmente en primera categoría se encuentran los alquileres de inmuebles (terrenos o edificaciones) y tienen una tasa de 5%.

En la renta de segunda categoría, que también tiene una tasa de 5%, se sobra a la venta de inmuebles, intereses generados por la colocación de capital, regalías, rentas vitalicias, dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades, entre otros.

Para el Gobierno, esta medida se toma con la finalidad de aumentar la recaudación y mejorar la equidad incrementando la carga de las personas de más altos ingresos.

Deducciones de empresas

En el caso de las empresas también se pretende hacer modificaciones al IR, pero sin modificar sus tasas. Para ello se han puesto en la mira las deducciones que realizan para pagar menos impuestos.

Es así que en el Gobierno consideran conveniente “limitar y/o perfeccionar los costos y/o gastos que son deducibles para efectos de la determinación del IR de tercera categoría”.

Señalan que la Sunat ha identificado la deducción de algunos costos y/o gastos para efectos de la determinación del IR que generan arbitraje de tasas que erosionan la base, como es el caso de operaciones con generadores de rentas de primera categoría o perceptora de segunda categoría que se encuentran vinculados con el sujeto que los deduce.

También se quiere gravar con el IR a los dividendos que obtengan las personas jurídicas domiciliadas, y regular el tratamiento aplicable a las retenciones que dichos contribuyentes efectúen por las citadas rentas con la finalidad de asegurar la tributación debida sobre tales rendimientos y evitar la doble imposición utilizando las referidas retenciones como crédito contra el Impuesto a la Renta.

Los dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades se encuentran gravados con la tasa de 5%, siempre que no sean distribuidos a personas jurídicas domiciliadas.

IGV a negocios digitales

En materia de imposición al consumo se busca modificar la normativa del Impuesto General a las Ventas (IGV) adaptándola a la implementación que se requiera para contar con un mecanismo que permita a una adecuada tributación de los negocios digitales como Netflix, Spotify, Uber, entre otros.

Señalan que se buscan garantizar un tratamiento neutral, simple y eficiente, eliminando cualquier tratamiento asimétrico que pudiera generar su falta de regulación, específicamente cuando se trata de un consumidor final que tiene la naturaleza de persona natural.

Reforma a mypes

Otra de las medidas que se plantean es la creación de un régimen simplificado del Impuesto a la Renta para micro y pequeñas empresas, que incentive la declaración de costos y gastos por medido de sus deducciones, mediante el empleo de libros y registros contables electrónicos, así como comprobantes de pago electrónico.

Esta medida incluye modificar la Ley del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) y suprimir el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y el régimen Mype Tributario (RMT).

Además, señala que se incorporan medidas antielusiva para evitar la fragmentación de actividades y se fijara una sola cuota mensual pudiendo ser reducida en tanto adquiera bienes o servicios sustentados en comprobantes de pago electrónico o tenga trabajadores inscritos en planilla.

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