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LA COMISIÓN DE TRABAJO DEL CONGRESO APROBÓ POR UNANIMIDAD LA JUBILACIÓN ANTICIPADA A LOS AFILIADOS AL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES, A PARTIR DE LOS 50 AÑOS DE EDAD

La Comisión de Trabajo del Congreso de la República, mediante los dictámenes de ley 7035-2020, 7065-2020 y 7219-2020, pretende modificar la Ley N° 30939, la cual regula el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Entre los cambios que ha aprobado el Congreso están que las personas hombres o mujeres puedan acogerse a la Jubilación Anticipada a partir de los 50 años de edad. Además, ya no será exigible como requisito para acceder a este beneficio encontrarse desempleado por 12 meses consecutivos o más, ahora el afiliado que se encuentre desempleado, solo deberá acreditar esta condición con su fecha de cese.

Recuerda que, actualmente, la norma establece que este beneficio de la edad mínima es de 50 años para las mujeres y de 55 años para los hombres y; además, debes encontrarte desempleado por 12 meses consecutivos o más.

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