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Transferencias de bienes ya se pueden inscribir en Sunarp digitalmente

La Sunarp aprobó una nueva norma que permite a las personas naturales inscribir transferencias de propiedad de inmuebles, vehículos y acciones de empresas de manera digital, siempre que se cumplan con algunos requisitos.

Por ejemplo, para solicitar una inscripción de manera digital, ya debe existir otro título inscrito en los registros públicos que de mérito a dicha transferencia.

“Es decir, si ya existe una sucesión inscrita, alguien puede solicitar que se inscriba la transferencia de propiedad que resulta de dicha sucesión, de manera puramente digital”, explica Juan José Garazatua, ex Superintendente Adjunto de los Registros Públicos.

“Gracias a este cambio, las personas ya no van a depender del notario”, explica Garazatua, quien considera que esta facilidad debió introducirse mucho antes, durante el pico de la pandemia, a efectos de salvaguardar la salud de las personas.

Para poder realizar estos actos, las personas además necesitan contar con un DNI electrónico.

Cabe recalcar que no toda transferencia puede ser realizada de manera puramente digital. La Sunarp publico una lista expresa de actos incluidos en la medida, la cual Garazatua considera debería ampliarse.

Fuente: Diario Gestión

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