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Sector de hidrocarburos podría pagar 8% por utilidades a trabajadores y ya no 5%

Sentencia judicial incluye al sector hidrocarburos dentro de la categoría de empresas mineras para el cálculo de reparto de utilidades. Anteriores resoluciones fallaron en sentido contrario.

Las empresas del sector hidrocarburos podrían empezar a pagar 8% por concepto de utilidades a sus trabajadores y no 5%, cómo se viene realizando hasta ahora, luego de una reciente sentencia judicial de la Sala Superior de Lima.

Dicha sentencia indicó que las empresas que realicen actividades de prospección, exploración, explotación y laboral general con relación al petróleo y gas natural se encuentran incluidas dentro de las actividades de minería para efectos de la distribución de utilidades anuales.

De acuerdo con la normativa actual, las empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales deben repartir 10% de sus utilidades netas, mientras que las empresas mineras, de comercio y  restaurante deben repartir el 8%. Aquellas que realicen otras actividades deben distribuir el 5%.

Hasta ahora, siempre se tenía entendido que las empresas que realizaban actividades relacionadas al sector hidrocarburos se encontraban dentro de este último grupo, dado que no había mención expresa de ellas en la norma.

Antecedentes

Cristian Oviedo, socio del estudio Payet, señala que anteriormente los trabajadores de empresas de hidrocarburos ya habían intentado que se incluya a las empresas de ese sector en la categoría de empresas mineras.

Sin embargo, las sentencias que resultaron de dichos procesos establecieron que las empleadoras si se encontraban dentro del ámbito de “otras actividades”, por lo que correspondía el pago de 5% en utilidades.

“Lo señalaban porque las actividades relacionadas a lo que es hidrocarburos, petróleo y gas natural no están dentro del objeto de la ley general de minería”.

En ese sentido, la sentencia significa un cambio de criterio por parte del Poder Judicial y podría tener repercusiones mayores, señala Oviedo, quien agrega que, en esta ocasión, se les dio la razón a los trabajadores porque las actividades de hidrocarburos se encuentran incluidas en el rubro minero de acuerdo a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).

Asimismo, un informe de la OIT indicó en 1994 que toda actividad petrolífera está incluida entre las actividades mineras, lo cual también sirvió como sustento para la sala.

Fuente: Gestión

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