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PRIVADOS YA NO CEDERÁN 5% DE TERRENOS PARA PARQUES EN HABILITACIÓN URBANA

De acuerdo con Indecopi, el reglamento Nacional de Edificaciones señala que en las habilitaciones urbanas para uso comercial exclusivo o uso mixto compatibles con industrias, los aportes reglamentarios  “no resultan exigibles salvo que el Plan de Desarrollo Urbano de la Jurisdicción correspondiente lo determine”. En ese sentido, ya que el Plan de Desarrollo Urbano de Lima no contempla dichos aportes, a la fecha, son inexigibles.

Carlos Rodríguez, socio del estudio Amprimo, Flury, Barboz & Rodríguez, Indicó es positiva para los proveedores e inversores ya que se elimina costos: un aporte de dinero importante a Serpar.

Sin embargo, aunque el abogado indica que es correcto que se reduzca la exigencia del aporte, aclara que dicho aporte deben existir para el mantenimiento de la ciudad.

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