Aseguradoras deben pagar a fallecidos por COVID aun si póliza excluye muerte por epidemia
De acuerdo con el Indecopi, no basta con que la OMS declarase la situación mundial generada por el covid-19 como pandemia para que se pueda decir que dicha enfermedad califica como una “epidemia”.
El Indecopi emitió una nueva resolución mediante la cual indica que las empresas de seguros no pueden negarse a activar el seguro de desgravamen de un asegurado que falleció debido al covid-19 aun si su póliza contemplada como una causal de exclusión la muerte por enfermedad declarado como “epidemia” por el Minsa.
Esto, luego de que una empresa aseguradora intentó negarle el dinero correspondiente a la heredera de un fallecido por covid-19, alegando que dicha enfermedad calificaba dentro del supuesto contenido en la exclusión señalada en su póliza.
De acuerdo con el Indecopi, el Minsa nunca declaró que el covid-19 sea una epidemia, sino que la Organización Mundial de la Salud declaró la situación mundial como una pandemia.
En ese sentido, la excepción dada en el contrato de seguros no puede aplicarse debido a que los artículos I y II de la Ley del Contrato de Seguro establecen que las exclusiones de cobertura deben interpretarse literalmente y, en caso de dudas, deben interpretarse a favor del asegurado.
En ese sentido, el Indecopi ordenó a la empresa pague a la familia del asegurado lo debido y, además, multó a la aseguradora con un monto ascendente a 10 UIT (S/ 44,000).
Lo dispuesto por el Indecopi, sin embargo, no prohíbe a las aseguradoras de incluir muerte causada por enfermedades cuya propagación es clasificada como una pandemia mundial por la OMS.
Razonamiento
Como indica la Comisión de Protección al Consumidor, la discusión no se trata meramente de una cuestión de términos, sino que dicha diferencia viene determinada por el tipo de riego específico que se ha previsto como cubierto por la póliza.
Agrega, además, que aun si existe una alerta epidemiológica donde se señala que el covid-19 ha generado una “situación epidemiológica”, dicho documento, “no contiene declaración alguna de una enfermedad como una epidemia”.